Falsos los señalamientos contra Gerardo Sánchez: Poder Judicial

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La Fiscalía General de la República (FGR) determinó el no ejercicio de la acción penal en al menos dos carpetas de investigación distintas relacionadas con presuntos delitos federales, una de ellas iniciada por señalamientos de lavado de dinero contra el empresario Gerardo Sánchez Zumaya y otra vinculada a diversos delitos como portación de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército, operaciones con recursos de procedencia ilícita y facturación de operaciones simuladas.

De acuerdo con un acuerdo ministerial fechado el 7 de marzo de 2024, la FGR analizó la carpeta FED/FEMDO/FEIORPIFAMF-SLP/0000715/2024, iniciada tras una denuncia anónima recibida el 19 de septiembre de 2024 que señalaba al empresario Gerardo Sánchez Zumaya, relacionado con el conglomerado Grupo GESA y la empresa Petrogesa, S.A. de C.V., por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita. La denuncia sostenía que el empresario presumía inversiones millonarias en estados del sureste y centro del país, particularmente Tabasco y San Luis Potosí, y que su fortuna podría provenir de una red de empresas vinculadas al sector petrolero y a contratos con Petróleos Mexicanos (Pemex).

Durante la investigación, la Fiscalía solicitó información a diversas dependencias, entre ellas la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la Policía Federal Ministerial, el Instituto Mexicano del Seguro Social y la propia empresa estatal Pemex, que confirmó la existencia de contratos con Petrogesa para suministro de equipo y servicios, entre ellos uno para la adquisición de una bomba contra incendios y otro relacionado con reparaciones en instalaciones de almacenamiento en Poza Rica. Sin embargo, los análisis financieros y ministeriales no arrojaron indicios suficientes de que los recursos investigados provinieran de actividades ilícitas. La UIF también informó que no contaba con elementos para denunciar el delito de lavado de dinero, requisito indispensable para proceder penalmente en este tipo de casos.

Con base en esos resultados, el Ministerio Público federal concluyó que no se acreditó la probable comisión del delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, por lo que solicitó formalmente decretar el no ejercicio de la acción penal a favor de Sánchez Zumaya, al considerar que la denuncia anónima carecía de elementos circunstanciados y que las diligencias practicadas no confirmaron irregularidades.

De igual manera, en otro oficio de la FGR fechado el 10 de diciembre de 2024, relacionado con la carpeta FED/TAB/VHS/0001450/2024, tramitada por la célula de investigación I-6 en Villahermosa, Tabasco, el agente del Ministerio Público federal solicitó al fiscal federal en el estado autorizar también el no ejercicio de la acción penal.

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Ambos expedientes corresponden a carpetas de investigación diferentes, tramitadas por unidades distintas de la FGR, pero coinciden en que las autoridades federales concluyeron que no existían elementos suficientes para llevar los casos ante un juez, por lo que solicitaron cerrar las indagatorias conforme a lo previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

En el contexto político local se ha señalado que estas acusaciones han sido utilizadas como parte de campañas de desprestigio o “campañas negras”, presuntamente promovidas desde círculos cercanos al gobernador de San Luis Potosí, Ricardo “El Pollo” Gallardo Cardona, según menciones difundidas en medios de comunicación. Estas versiones sostienen que los señalamientos buscaban afectar la imagen pública del empresario; no obstante, las investigaciones federales revisadas terminaron sin que se acreditaran delitos.


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